Foro Internacional


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  por César Chaires Departamento de Información para Asuntos Económicos y Sociales 
DIAES MINNUM 2013


Corte Internacional de Justicia

La Corte Internacional de Justicia es el órgano judicial principal de la Organización de las Naciones Unidas. Se estableció en 1945 en la Carta de las Naciones Unidas y comenzó sus trabajos en Abril de 1946.


Su sede es el Palacio de la Paz, en La Haya, Países Bajos. De los seis órganos principales de las Naciones Unidas, es el único cuya sede no está situada en Nueva York, EUA.






Las funciones de la Corte, según su Estatuto son:

  1. Resolver disputas entre países de acuerdo al derecho internacional
  2. Dar opiniones sobre cuestiones legales solicitadas por los órganos autorizados de las Naciones Unidas y por Agencias Especializadas.
La corte se conforma por 15 jueces, quienes son elegidos por periodos de 9 años por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad.


Éste órgano cuenta con dos idiomas de trabajo: El inglés y el francés.


México en la Corte Internacional de Justicia
Actualmente México tiene presencia desde Febrero de 2006  en la Corte con el Juez Bernardo Sepúlveda Amor.  A pesar de la nacionalidad del juez, éste representa solamente al derecho internacional y no a su país de origen. Actualmente el Juez es vicepresidente de la Corte.



Por otra parte, México ha recurrido a la Corte en una ocasión. Lo hizo en el llamado Caso Avena en contra de los Estado Unidos de América. Éste caso se refería a los derechos de protección consular de 52 ciudadanos mexicanos que serían juzgados en los Estados Unidos y de los cuales 3 tenían pendiente una sentencia definitiva y la fecha de ejecución. El planteamiento mexicano se basaba en la violación americana de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963. Tras un año, el 31 de marzo de 2004, la Corte emitió su veredicto. En éste se establecía que los Estados Unidos deberían revisar y reconsiderar los cargos y sentencias de los ciudadanos mexicanos e implementar las medidas necesarias para evitar que se repitiera la situación anterior, es decir, permitir la protección consular a nuestros connacionales.


Los casos de hoy
Actualmente la corte delibera en dos casos.

  • Disputa Marítima (Perú contra Chile)
  • Disputa Fronteriza (Burkina Faso y Niger)


En ambos casos la corte deberá decidir sobre el territorio de los países litigantes en el sentido de qué territorio le corresponde a qué país de acuerdo a la legislación internacional.






Fuentes: